5.º Las puertas de emergencia deberán explayarse hacia el foráneo y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de urgencia pueda abrirlas tratable e inmediatamente. Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias. 2. La situación o distribución del https://ronz749rjb8.blogtov.com/profile