3. Los Miembros podrán establecer o mantener medidas sanitarias o fitosanitarias que representen un nivel de protección sanitaria o fitosanitaria más elevado que el que se lograrÃa mediante medidas basadas en las normas, directrices o recomendaciones internacionales pertinentes, si existe una justificación cientÃfica o si ello es consecuencia del nivel https://banco-de-concreto-de-pra30497.luwebs.com/36686839/the-smart-trick-of-concreto-hidraulico-that-nobody-is-discussing